Programa alimentario
Es un programa de carácter universal que
considera un conjunto de actividades de apoyo nutricional de tipo preventivo y
de recuperación, a través del cual se distribuyen alimentos destinados a niños/
as menores de 6 años, niños con peso de nacimiento menor de 1.500 g y/o menos
de 32 semanas de gestación, niños y adolescentes con enfermedades metabólicas,
gestantes y madres que amamantan. La entrega de los beneficios se realiza a
través de los establecimientos de la Red de Atención Primaria de Salud y de otros
establecimientos en convenio con el Ministerio de Salud.
El PNAC SUS
OBJETIVOS SON:
- Desarrollo adecuado del embarazo
- Una lactancia exitosa durante los primeros meses de vida del niño
- Un desarrollo y crecimiento normal del niño
- Como a su vez contribuir a mejorar el estado nutricional y la calidad de vida de los niños prematuros.
BENEFICIARIOS
-
Los Beneficiarios del PNAC, los menores de 6
años, niños nacidos con menos de 1.500 g y/o menores de 32 semanas de gestación
y las gestantes que asisten regularmente a actividades de salud en
establecimientos de atención de nivel primario del Sistema Nacional de
Servicios de Salud o adscrito al Sistema Nacional de Servicios de Salud a
través de convenios; los afiliados a FONASA que opten por la modalidad de
atención de libre elección y los afiliados a las instituciones de Salud
Previsional (ISAPRES), Fuerzas Armadas y de Orden, que cumplan con las normas
que, para la distribución y entrega de productos del Programa, haya establecido
el Ministerio de Salud.
PNAC Básico: Corresponde al subprograma que
beneficia a los niños/as, gestantes y madres que amamantan, con estado
nutricional normal, sobrepeso u obesidad. Los alimentos que se distribuyen son:
Leche Purita Fortificada, Purita Cereal y Purita Mamá.
Distribución PNAC Básico
Distribución PNAC Básico
PNAC Refuerzo: Corresponde al subprograma que
beneficia a los niños/as con riesgo de desnutrir o desnutridos (Norma para el
Manejo Ambulatorio de la Malnutrición, 2007), gestantes con bajo peso y madres
que amamantan con bajo peso (Ord. 34/Nº 3607 del 27 de Junio 2008 Mat.
Incorporación Purita Mama). La entrega de beneficios de este subprograma está
condicionada al cumplimiento de las acciones de salud establecida en la” Norma
para el manejo ambulatorio de malnutrición del niño/a menor de 6 años del 2007”
y las establecidas en el programa de salud sexual y reproductiva. En caso de
niños/ as, los alimentos entregados son un adicional de producto lácteo y/o Mi
Sopita, y para las gestantes y madres que amamantan un adicional de producto
lácteo.
Madre-hijo/a 0 a 5 meses 29 días con Lactancia materna exclusiva
Restantes y menores de 6 a 71 meses
Madre-hijo/a 0 a 5 meses 29 días con Lactancia materna exclusiva
Restantes y menores de 6 a 71 meses
PNAC Prematuros: Los beneficiarios de este programa
son recién nacidos con menos de 1500 g y/o menos de 32 semanas de gestación)
egresados desde las Unidades o Servicios de Neonatología Públicos o Privados.
La entrega de beneficios de este subprograma está condicionada al cumplimiento
de las acciones de salud establecidas por el “Manual del Programa de
Prematuros” y a la presentación del
formulario PNAC prematuro que especifica
el producto y las cantidades que retirarán.
El PNAC para Prematuros distribuye productos lácteos especiales para la
condición biológica de estos niños/as y entrega de Bebida Láctea Purita Mamá a
las madres que mantienen lactancia materna exclusiva y/o predominante hasta los
6 meses de Edad Gestacional Corregida (EGC).
Cuando el niño/a prematuro esta hospitalizado (tras su nacimiento) y
previo al alta, la madre tendrá derecho a retirar Bebida Láctea Purita Mamá, en
el establecimiento donde se realizo su control de gestante. Para ello se
requiere que el profesional a cargo del P.A. del centro de salud acredite la
condición de lactancia actual del niño/a prematuro.
Cada vez que se haga entrega de
Bebida Láctea Purita Mama se deberá evaluar la situación de lactancia materna
para cada caso, determinando la cantidad necesaria de Bebida Láctea Purita Mama
según
- Lactancia materna exclusiva.
- Lactancia materna predominante: recibe más del 50% de leche materna.
Cómo determinar la situación de
Lactancia Materna:
- Estimar producción de leche por cuantificación de extracción o por pesada antes y después de mamar.
- Volumen requerido de alimentación: aproximadamente 200ml/kg/día
- Restar volumen estimado leche materna al total requerido para calcular necesidad de fórmula.
Entrega de Alimentos PNAC Prematuro: Después de inscribir al niño en el
establecimiento del nivel primario de atención, estará en condiciones de
retirar los productos del programa.
Requisitos complementarios para el retiro de alimentos PNAC Prematuros
Extremos:
El subprograma Prematuros Extremos considera como requisito
obligatorio:
·
Presentar
el Formulario de Retiro PNAC Prematuro emitido por el Policlínico de
Seguimiento de Prematuros de la red del sistema público de salud.
·
Situaciones
de excepción
·
Mientras
el niño/a prematuro esté hospitalizado, la madre tendrá derecho a retirar
Purita Mamá, de acuerdo a los esquemas de distribución del PNAC Básico y
Refuerzo, contenidos en este documento, independiente de la situación de
lactancia. Se podrá retirar la fórmula láctea para el prematuro una vez que
este sea dado de alta, presentando la documentación de hospitalización
Propósito
- · Proteger la salud de niños, adolescentes, adultos jóvenes y gestantes con alguno de los errores innatos del metabolismo detallados en el punto precedente.
Beneficiarios
- · Población infantil, adolescente y adulta hasta los 24 años 11 meses y 29 días de edad, con diagnóstico de algún error innato del metabolismo.
- · Mujeres, independiente de su edad, con diagnóstico de algún error innato del metabolismo, en etapa preconcepcional (idealmente 2 meses antes del inicio de la gestación), durante toda la gestación y mientras amamantan hasta los 11 meses 29 días de edad cronológica de su hijo/a.
Requisitos
para el retiro de alimentos
- · Tener diagnóstico de algún error innato del metabolismo, certificado por especialista.
- · Cumplir con los controles con especialista y otras acciones de salud establecidas para su patología.
- · La fórmula correspondiente a cada patología será entregada, idealmente, en un establecimiento de la red del sistema público de salud, previa presentación del carné donde consten los controles de salud por especialista (CEDINTA u otro), además del formulario correspondiente.
- · El Centro de Diagnóstico del Instituto de Nutrición y Tecnología de Alimentos de la Universidad de Chile (CEDINTA) es un centro que controla pacientes con errores innatos del metabolismo. Para todos los efectos, cualquier establecimiento o unidad que participe en la distribución de los productos que componen el PNAC Errores Innatos del Metabolismo, se debe regir por las disposiciones establecidas en esta norma técnica, el Reglamento Sanitario de los Alimentos y cualquiera otra relativas a este tema, que emane de la autoridad.
Perfil de
los productos
El PNAC
Errores Innatos del Metabolismo, entrega a sus beneficiarios productos libres
de los aminoácidos comprometidos en la vía metabólica alterada, fortificado con
vitaminas, minerales y otros nutrientes esenciales
Los
beneficiarios de este programa quedan excluidos de los otros programas alimentarios
(PNAC Básico y Refuerzo).
Cabe
destacar que, siendo la madre que amamanta un beneficiario en sí mismo,
mantienen el derecho a retirar Purita Mamá de acuerdo a los programas PNAC
Básico y Refuerzo al que pertenezca.
El PACAM es un conjunto de actividades de apoyo
alimentario-nutricional de carácter preventivo y de recuperación, que
distribuye alimentos fortificados con micronutrientes a los adultos mayores, en
los Establecimientos de Atención Primaria del Sistema Nacional de Servicios de
Salud. Su propósito es
-
Contribuir a mantener o mejorar el estado
nutricional y la funcionalidad del Adulto Mayor
-
Aminorar
las brechas nutricionales y económicas, a fin de mejorar la calidad de vida de
éstos.
Propósito
Contribuir a mantener o mejorar el estado
nutricional y la funcionalidad del adulto mayor, aminorando brechas
nutricionales y económicas, a fin de mejorar su calidad de vida.
Objetivos
- · Entregar un complemento alimentario especialmente diseñado para el adulto mayor acorde a sus necesidades.
- · Contribuir a prevenir y tratar las carencias nutricionales del adulto mayor.
- · Contribuir a mantener o mejorar la funcionalidad física y psíquica del adulto mayor.
- · Contribuir con la detección y control de los factores de riesgo de pérdida de funcionalidad física y psíquica del adulto mayor.
- · Incentivar una mayor adherencia a las actividades del Programa de Salud del Adulto Mayor en establecimientos de APS.
- · Promover en los establecimientos de APS una modalidad de trabajo integral con relación al adulto mayor, con participación de profesionales del área de atención médica, nutricional, asistencia social, de la familia y de las organizaciones de la propia comunidad.
Beneficiarios del PACAM
- Los beneficiarios de FONASA (Ley 18.469) mayores de 70 años
- Los adultos mayores de 65 años que inicien, se encuentren en tratamiento antituberculoso y posterior al alta de tuberculosis
- Los beneficiarios del programa Chile Solidario mayores de 65 años
- Y los adultos mayores de 60 años en convenio con el Hogar de Cristo, que sean atendidos en los Establecimientos de Atención Primaria del SNSS.
OBJETIVOS
DE LOS PROGRAMAS ALIMENTARIOS
- Promover el desarrollo de las potencialidades de niños/as desde la gestación.
- Proteger la salud de la mujer durante la gestación y lactancia, mediante el apoyo alimentario.
- Promover la lactancia materna, mediante la entrega de educación y apoyo nutricional a la gestante y a la mujer que amamanta.
- Contribuir a la prevención de enfermedades crónicas no transmisibles desde las primeras etapas de la vida, mediante educación nutricional y entrega de alimentos adecuados a cada etapa del desarrollo.
- Disminuir la incidencia de bajo peso al nacer mediante la entrega de alimentos adecuados a la gestación, ligados al control de salud.
- Prevenir y corregir el déficit nutricional en los niños/as y gestantes.
- Proteger la salud de niños/as en situaciones especiales de riesgo nutricional como: prematurez, niños y adolescentes con enfermedades metabólicas.
- Contribuir al cumplimiento de las acciones de salud, vinculando la adherencia a estas acciones, mediante la coordinación entre el Programa Nacional de Inmunizaciones, control de salud.
- Promover en los Establecimientos del Nivel Primario de Atención y los Policlínicos de Seguimiento del niño prematuro, una modalidad de trabajo integral y coordinado, con la participación de equipos multidisciplinarios y de especialistas.
- Contribuir a prevenir y tratar las carencias nutricionales del adulto mayor.
- Contribuir con la detección y control de los factores de riesgo de pérdida de funcionalidad física y síquica del adulto mayor.
- Promover en los Centros de Atención Primaria de Salud, una modalidad de trabajo integral con el adulto mayor, con participación de un equipo de salud multidisciplinario, la familia y las organizaciones de la propia comunidad
Encargado de
Programas Alimentarios en Atención Primaria de Salud
Este cargo debe recaer en un nutricionista universitario, el
que deberá cumplir con las siguientes funciones:
- · Asegurar el abastecimiento de productos alimenticios para la población beneficiaria del establecimiento, de manera oportuna y confiable.
- · Mantener coordinación constante con las instituciones que participan en la gestión de los Programas Alimentarios (Servicios de Salud, Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, Ministerio de Salud, entre otros).
- · Coordinar y capacitar al equipo local de Programas Alimentarios para el cumplimiento de las disposiciones correspondientes.
- · Realizar supervisión diaria y auditorías periódicas (al menos semestralmente), con sus respectivos registros, sobre la ejecución local de las disposiciones relativas a Programas Alimentarios, tanto las dispuestas en esta Norma Técnica, así como otra que emita la autoridad respectiva.
- · Realizar el resguardo y envío de acuerdo a los procedimientos establecidos, de información relativa a los Programas Alimentarios, de acuerdo a lo establecido en esta Norma, o lo dispuesto por la autoridad.
- · Velar por el cumplimiento de las disposiciones normativas y reglamentarias en lo relativo a almacenamiento, distribución y gestión de las mermas de los productos de los Programas Alimentarios en el establecimiento.
- · Realizar difusión local de los programas, subprogramas y productos que estos consideran, incluyendo degustaciones, con enfoque en los productos nuevos, de baja adherencia y cambios de formulación.
- · Realizar, al menos semestralmente, análisis de la información relativa a distribución, coberturas, población objetivo y otros, con el fin de establecer acciones que conduzcan hacia la mejora continua de los programas.
Registro de Entrega de Productos (Tarjetas)
En caso que el registro sea manual, el tarjetero debe
ubicarse en el box que brinde las mayores condiciones de seguridad y garantice
que no se alterará su contenido (se sugiere la oficina del encargado de P.A. o
dirección del establecimiento). Dicho tarjetero tiene los registros de los
beneficiarios fallecidos, los traslados de Centros de Salud, preescolares que
cumplan 6 años y salen del programa, abortos y término de embarazo. Estas
tarjetas se conservarán por un período de un año (decreto N° 466 1984 MINSAL),
manteniéndolo ordenado por número de ficha clínica. La tarjeta de entrega de productos
de los P. A. es individual y única. Solo puede ser llenada por un funcionario
de SOME del establecimiento, debiéndose registrar todos los datos que se
detallan a continuación:
- Nombre completo del beneficiario, comenzando por al apellido paterno.
- RUN o Cédula de Identidad del beneficiario.
- Fecha de nacimiento, día, mes y año indicando el mes con las cuatro primeras letras. En el caso de gestantes se registrará el mes de gestación de acuerdo con agenda de la mujer.
- Dirección, indicando calle, comuna, población o localidad y sector según modelo de Salud Familiar.
- Número de Ficha clínica.
- Fecha de apertura de la tarjeta.
- En el caso de la gestante deberá consignarse además la fecha probable de parto.
Para obtener estos datos de una fuente fidedigna se
solicitará la presentación de los siguientes documentos:
- Carné de alta de la maternidad o certificado de nacimiento o cuaderno del niño/a.
- Agenda de la mujer.
- Carnet de Control de Salud del Adulto Mayor
El funcionario del SOME que inscribe al beneficiario y
completa la tarjeta de los P. A, se hará responsable de la apertura de la
tarjeta consignando en este documento su nombre completo, firma, fecha de
inscripción y timbre en el espacio correspondiente.
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